aafaf IN THE NEWS

Gobierno redobla ante el Supremo intento de invalidar contrato suplementario de LUMA

El Ejecutivo sostiene que el caso puede resolverse como un asunto estrictamente de derecho

La gobernadora Jenniffer González Colón insistió en su reclamo para que el Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelva de manera expedita la demanda presentada con el fin de que se declare nulo el contrato suplementario otorgado a LUMA Energy.

La solicitud fue incluida en dos mociones, la primera presentada a nombre de la primera ejecutiva y el Gobierno y la segunda por las autoridades para las Alianzas Público Privadas (AAPP) y Energía Eléctrica (AEE) reiterando su pedido para que el máximo foro judicial del país asuma la jurisdicción directa de la demanda presentada en diciembre de 2025 a través de un recurso de certificación intrajurisdiccional y así evitar trámites apelativos.

Entre los argumentos presentados por el Ejecutivo figuró el que la validez de la extensión del contrato de LUMA para operar el componente de transmisión y distribución de la red eléctrica “es una controversia de estricto derecho cuya resolución no requiere descubrimiento de prueba”, debido a que lo único que presuntamente se necesita determinar es si el acuerdo contraviene o no la Ley 29 de Alianzas Público Privadas (APP) del 2009 y la Ley 120 Para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico del 2018.

De igual manera, en la moción presentada por la gobernadora y las dependencias gubernamentales, se plantea como otra causa para declarar nulo el contrato el hecho de que el mismo no contó con la aprobación de los miembros del interés público de la Junta de Directores de la AEE que requiere la sección 10 (b) de la Ley 120.

Este señalamiento ha sido refutado por el equipo legal de LUMA Energy bajo el argumento de que dicha sección no aplica en este caso no se seleccionó un proponente ni se estableció un contrato de APP, ya que el mismo ya existía, por lo que el contrato suplementario no debe ser considerado como una transacción de la AEE.

Otros planteamientos incluidos en el escrito para apoyar la nulidad del contrato suplementario fueron la falta de un certificado de cumplimiento de Energía, tal y como lo exige la sección 5(g) de la Ley 120, y que el acuerdo extiende de manera indefinida el término de la contratación, lo que es contrario al artículo 10(e) de la Ley 29, que requiere que los contratos de APP incluyan un término establecido de vigencia que no puede exceder de 50 años.

En cuanto a la respuesta que LUMA presentó el pasado 23 de junio al recurso original presentado ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, en el cual la privatizadora instó seis causas de acción en reconvención contra el Gobierno, el Ejecutivo expuso que tres de las mismas —incumplimiento intencional en ejecución de contrato, mala fe contractual y negligencia en el desempeño de funciones— están “expresamente condicionadas a que la carta extensión se declare nula”.

En cuanto a las restantes tres causales aludidas por el operador privado de interferencia contractual, abuso de poder ejecutivo y mal uso de fondos públicos, el Gobierno expuso que estas presuponen la validez del contrato suplementario y las catalogó de “improcedentes.”

En uno u otro sentido, la validez de la extensión es la cuestión de derecho que decide la totalidad de los asuntos y que antecede todas las controversias que propone LUMA con su reconvención, por lo que certificar precisamente esa controversia, lejos de fragmentar el caso, ordena su prelación lógica y resuelve el umbral del que penden todos los reclamos”, insistió el Ejecutivo a través de sus mociones.

Continuidad de operaciones

Por su parte, LUMA Energy indicó a EL VOCERO a través de declaraciones escritas estar consciente de que los planteamientos esbozados por el Gobierno ante el Tribunal Supremo pueden provocar incertidumbre dentro de la ciudadanía sobre el futuro de su servicio eléctrico.

“LUMA respeta plenamente los procesos judiciales y continuará atendiendo todas las discrepancias en los foros correspondientes. Nuestro enfoque principal sigue siendo brindar estabilidad y continuidad en las operaciones”, reiteró la empresa al asegurar que la extensión de su contrato suplementario fue formalizada “conforme a los procedimientos aplicables y validada por las autoridades locales participantes”.

“Confiamos en que este asunto se resolverá en los tribunales, donde presentaremos nuestros argumentos mientras continuamos sirviendo a nuestros casi 1.5 millones de clientes y avanzando en la transformación del sistema eléctrico”, sostuvo.

Obligan 18 proyectos FAASt de red eléctrica

Por otro lado, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, en inglés) informó a la Oficina del zar de Energía de Puerto Rico, Josué Colón Ortiz, que 18 proyectos de reconstrucción bajo la Estrategia de Obligación Acelerada (FAASt, en inglés) finalmente fueron obligados.

FUENTE: El Vocero

Previous
AAFAF IN THE NEWS

Explore more

Financial Documents

Access official fiscal reports, statements, and disclosures that track Puerto Rico’s financial progress.

View moreFollow link

GoVConnect

Review agency procedures, policies, and notices supporting transparent public administration.

View moreFollow link

Press Room

Find official news, media resources, and updates issued by AAFAF for the public and press.

View moreFollow link

Investor Relations

Explore financial data, ratings, and reports relevant to investors and Puerto Rico’s debt portfolio.

View moreFollow link

About Us

Learn about AAFAF’s mission, responsibilities, and role in strengthening Puerto Rico’s fiscal stability.

View moreFollow link