Mientras, el operador eléctrico reitera que analiza la decisión y que el acuerdo de alianza público privada es válido
El equipo legal de LUMA Energy analiza la decisión judicial que ha devuelto a los tribunales de Puerto Rico las dos demandas que radicó la gobernadora Jenniffer González Colón con el objetivo de anular el Acuerdo de Operación y Mantenimiento (OMA, por sus siglas en inglés) que transfirió la gestión de parte del sistema eléctrico de Puerto Rico al consorcio estadounidense-canadiense hace unos cinco años.
“Sin importar el foro donde finalmente se atienda el litigio, el contrato suplementario es válido bajo el ordenamiento jurídico aplicable, según confirmado por las autoridades locales que participaron en su firma y las grabaciones públicas donde se discutió el tema”, reza una declaración de LUMA Energy enviada a El Nuevo Día.
“Mientras tanto, continuaremos comprometidos y enfocados en la transformación del sistema eléctrico para brindar el servicio de calidad que nuestros clientes merecen”, indicó la empresa.
Este viernes, la jueza de distrito federal Laura Taylor Swain rechazó los pedidos de LUMA Energy para que los litigios incoados por la administración de González Colón se diluciden en la esfera federal. Esto en el contexto de los Casos de Título III de Puerto Rico, específicamente, a la luz de proceso de quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
La decisión adversa al operador eléctrico y a la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), que abogó porque Swain retuviera la jurisdicción del caso, tiene el efecto de dejar en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, la controversia en torno a la validez del acuerdo.
Tras conocer el fallo, González Colón acudió a la red social Facebook para celebrar junto al zar de Energía, Josué Colón, la determinación de Swain.
“Estoy contenta”, dijo la mandataria, quien subrayó que le habían ganado a LUMA y a la JSF. “El gobierno de Puerto Rico y el pueblo de Puerto Rico tenían razón”.
La JSF pareció conforme con el fallo, pero agregó que “la continuidad del servicio eléctrico es crucial” para la población y las empresas de Puerto Rico.
“Cualquier disputa entre el gobierno y el operador privado no debe afectar el mantenimiento y la modernización del sistema eléctrico, la reconstrucción de la red ni el flujo de fondos federales”, expresó la JSF.
Acto seguido, la JSF recordó que “el manejo de la red y la generación de energía de la AEE por operadores privados es un requisito de la Ley 120-2018 de Puerto Rico y del Plan Fiscal de la AEE”.
“Cada administración del gobierno de Puerto Rico ha reconocido como crítica la importancia de la participación de expertos del sector privado. Cualquier cambio de operadores debe seguir un proceso transparente y competitivo”, reza la declaración del ente fiscal.
¿Qué decidió la jueza?
En una decisión de unas 35 páginas, Swain concluyó que si bien el tribunal federal tiene jurisdicción sobre el contrato de alianza público privada (APP), por representar una obligación del deudor (en este caso, la AEE), la resolución de disputas o controversias en torno a las cláusulas del pacto recae en la rama Judicial de Puerto Rico.
Swain acogió las mociones de la administración González Colón para que los casos en contra LUMA regresen al foro judicial de Puerto Rico en la demanda que la Autoridad de Alianzas Público Privadas (AAPP) radicó el 11 de diciembre del año pasado y en aquella radicada por González Colón seis días después. El pasado 18 de diciembre, LUMA retiró las dos demandas del foro estatal y pidió a Swain atender la controversia.
Al explicar su fallo, Swain se apegó principalmente a dos consideraciones.
Por un lado, la jueza indicó que el OMA contiene una cláusula explícita que deja en manos de los tribunales de Puerto Rico cualquier litigio o disputa que surja del pacto.
Por otro lado, Swain subrayó que la sección 306(d)(1) de la ley Promesa permite que un litigio quede fuera de la jurisdicción federal del Título III cuando se trate de una controversia que involucre los poderes del estado, sean aquellos de política pública o como regulador.
El poder del estado
El año pasado, tras analizar el desempeño del operador eléctrico, que administra el contrato de LUMA, concluyó que el consorcio estadounidense-canadiense no cumpía con sus obligaciones. Posteriormente, la AAPP concluyó que el OMA es nulo por diversas razones.
Desde la perspectiva del gobierno, luego del primer acuerdo interino entre LUMA y la AAPP, firmado a mediados del 2020 y que tenía una duración de 18 meses, en noviembre de 2022 (cuando no avanzaba el proceso de quiebra de la AEE), el gobierno y LUMA suscribieron una carta para que el OMA continuara vigente. La gobernadora reclama que la extensión del OMA mediante carta no es válida porque no se estableció un término de contratación fijo y la carta de extensión no recibió el aval de los directivos de la APP.
La decisión de Swain no implica determinación alguna sobre la validez del acuerdo o sobre la gestión de LUMA como operador de la red eléctrica. Ese análisis quedaría en manos de un juez en Puerto Rico, según el fallo de Swain.
“La acción del Estado Libre Asociado, cuyas reclamaciones invocan el poder de política o regulador de una entidad gubernamental, fue removida (por LUMA) indebidamente del tribunal de (Puerto Rico) y, por tanto, debe ser remitida nuevamente al foro original”, estableció la jueza federal.
González Colón aprovechó su alocución en Facebook para indicar que lidiaba con un problema que le habría dejado el exgobernador Pedro Pierluisi.
La mandataria se mostró confiada en que, ahora, que la controversia regresa al foro estatal, el gobierno demostrará que el OMA de LUMA Energy es nulo, que el operador eléctrico ha incumplido una y otra vez con sus obligaciones y que por tales razones, debe comenzar un proceso para identificar un nuevo operador para la red de transmisión y distribución de Puerto Rico.
FUENTE: El Nuevo Día


